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¿Soy compositor si fui el productor musical?


Si te preguntas que es composición musical nos referimos al ejercicio de creación de lo que entendemos como la música de una canción (letra y melodía). Técnicamente, podemos decir que el compositor de una canción es quien desarrolla la melodía de una canción y el autor de una obra es quien desarrolla la letra. Sin embargo, sabemos que estos dos conceptos se suelen utilizar sin diferenciar al uno o al otro y se suele utilizar cualquiera de los términos para la misma persona.

A partir de ahora, entenderemos como composición musical el proceso de creación de una canción, tanto en su música como en su letra.

Cuál es la diferencia con el proceso de producción musical?

Así en algunos momentos puedan parecerse y a veces se utilicen las definiciones de manera indiscriminada la composición musical y la producción musical son dos cosas totalmente distintas. Lo más fácil para diferenciarlo es identificar el tiempo en que estos procesos se dan.

La composición musical se da en el momento cero. Es el nacimiento de la canción, el momento en que estás solo con tus ideas, con amigos en un estudio o en un campamento de composición y se crea la canción. Puede crearse primero la letra o primero la melodía y esto no tiene ningún efecto en la titularidad de los derechos. La producción musical, en cambio, ****nace después durante el proceso el de la grabación de un fonograma. En la producción se lleva una composición a su ejecución: la grabación de los instrumentos, las voces, la ingeniería de sonido, mezcla, master etc.

Ni la composición musical ni la producción musical son procesos exclusivos a una sola persona. Por eso mismo, puede haber más de un solo productor musical y más de un compositor (o autor) para una canción. Aquí es donde entra a ser importante el Split Sheet. Este documento, si bien no es un contrato, sí constituye un acuerdo privado entre los co-creadores (coautores) de una canción, y funciona perfectamente como medio de prueba en caso de un eventual pleito sobre los derechos patrimoniales que están ligados a esa letra o esa melodía.

El productor musical y el compositor, en la mayoría de ocasiones, trabajan de la mano puesto que ambas visiones son muy importantes para el resultado final del fonograma. Sin embargo, es importante que esta distinción sea clara porque, como vamos a ver más adelante, la composición musical otorga derechos patrimoniales de autor mientras que el mero proceso de producción no lo hace.

¿Cuándo se convierte en coautor un productor musical?

En el proceso de producción musical aparecen muchas preguntas creativas… ¿Y si le hacemos una segunda voz aquí? ¿Qué pasa si cambiamos la letra un poco acá? ¿Qué pasa si esta nota no termina en Fa sino en Mi? ¿Por qué no le metemos un violín acá?

Quien está liderando la producción musical tiene una visión que aporta al resultado final del fonograma pero, ¿cuándo se considera su aporte coautoría? Todo depende del aporte que haga. Debemos tener presente que una canción puede ser alterada en su melodía, en su armonía, en su ritmo, etc. y dependiendo de lo que se altere, se puede estar frente a una coautoría o frente a un simple aporte técnico, derivado de la producción.

En este sentido, si el productor musical, en su ejercicio de producción realiza las siguientes tareas no se entiende como coautor:

  • Tareas de ingeniería de sonido: Si el productor se limita a realizar tareas técnicas relacionadas con la grabación, mezcla, masterización y manipulación del sonido sin realizar aportes creativos significativos en la composición musical (letra y melodía), es menos probable que se le considere como coautor.
  • Tareas de producción tradicionales: Si el productor se enfoca principalmente en la organización y coordinación de las sesiones de grabación, la selección de músicos o la gestión logística, sin realizar contribuciones creativas sustanciales en la composición de la música, es menos probable que se le reconozca como coautor.
  • Tareas administrativas o de apoyo: Si el productor se encarga únicamente de aspectos administrativos, como la obtención de permisos de grabación, la gestión de contratos o la promoción, sin participar activamente en el proceso creativo de la música, es improbable que se le considere coautor.

Caso distinto ocurre cuando el productor musical da a la canción una nueva melodía para el coro o construye una letra para el puente. En estos dos casos, el productor musical se convierte en autor/compositor y tendrán que reconocérsele derechos patrimoniales de autor sobre la obra y ser agregado

¿Qué pasa si el aporte del productor altera el ritmo o la armonía?

En este caso no se considerará como coautor al productor musical automáticamente. Sin embargo, en la industria de la música, como en cualquier otra, todo se trata de acuerdos y, si el aporte creativo del productor musical fue notable y determinante para el resultado final, o el arreglo musical indispensable para el sonido final que se grabó, pueden, con ayuda de un Split Sheet, definir el porcentaje de la participación del productor como coautor.

Al considerarse coautor, el productor musical se convierte en titular de derechos de autor sobre la obra, lo que significa que tiene la capacidad de ejercer control y tomar decisiones sobre la utilización de la música. Esto incluye la autorización para realizar remixes, samples o versiones alternativas, así como la participación en la negociación de licencias para su uso en películas, comerciales u otros medios. Por esta razón, el acuerdo debe hacerse minuciosamente y no tomarse a la ligera.

Para resumir, el productor musical puede considerarse como coautor de una composición musical cuando realice:

  • Aportes creativos significativos, como la composición de partes instrumentales, arreglos musicales o líneas melódicas adicionales.
  • La creación o modificación de la estructura musical de la obra.
  • La participación en la escritura de letras o letras adicionales.
  • La selección y manipulación de sonidos y efectos que contribuyen a la identidad sonora de la obra.

De todas formas, lo más recomendable es que entre las partes siempre haya claridad sobre el aporte del productor musical y que se deje plasmado en el Split Sheet su aporte y porcentaje de titularidad sobre la obra.

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