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Regalías

¿Qué son las Sociedades de Gestión Colectiva?


¿Cómo puede hacer un artista para asegurarse de recaudar todas las regalías que genera su música? Afortunadamente existe un aliado para los temas de recaudo, ya que en estos casos entran en juego las Sociedades de Gestión Colectiva (SGC).

Pero, ¿qué es una sociedad de gestión colectiva? En Colombia, las SGC son entidades sin ánimo de lucro que se encargan de administrar y recaudar las ganancias generadas por la utilización de las obras musicales, y fonogramas de quienes se encuentran afiliados a ellas, esto en términos generales. Es decir que, las SGC se encargan de la administración de las obras, interpretaciones o ejecuciones, de sus miembros, con el propósito de garantizar la defensa de los intereses de sus titulares, así como el cobro por la utilización de sus creaciones o producciones, ante la imposibilidad de ejercer un control y recaudo efectivo de manera individual.

En otras palabras, las SGC son entidades encargadas de administrar derechos de autor y conexos, y tienen como función principal proteger los derechos de los autores, compositores y demás titulares de derechos de autor. Esto significa que las SGC recaudan y distribuyen regalías y ganancias que genere el uso de los derechos de sus afiliados.

Entonces, vemos necesario hacer énfasis en lo siguientes:

  • Existen sociedades de gestión colectiva de derechos autorales y sociedades de gestión colectiva de derechos conexos.
  • Su principal función es administrar los derechos de sus afiliados y recaudar las regalías y ganancias derivado del uso de los mismos.

¿Qué diferencias hay entre las sociedades de gestión colectiva?

Una SGC de derechos de autor se encarga de administrar los derechos de todos los autores y compositores que se encuentren afiliados a ella, es decir que recaudan lo que sus obras musicales lleguen a generar. En este sentido, entendemos que este tipo de SGC se encargan, como su nombre lo dice, de administrar derechos de autor, y recaudar las ganancias que derivados de estos se generen, por eso quienes se podrán afiliar a ellas serán autores y compositores, es decir, titulares de derechos de autor.

Sin embargo, como hablamos de titulares de derechos de autor, esto abre la posibilidad de que administren a editoras musicales, ya que estas también son titulares de derechos de autor, con ocasión de su actividad.

En Colombia, este tipo de SGC podrá administrar los derechos de reproducción y comunicación pública de sus afiliados, es decir, dos de los más importantes derechos de autor de ellos, sin embargo, en Estados Unidos este tipo de SGC solo podrá administrar uno de estos dos derechos patrimoniales de autor. Finalmente, veamos quiénes realizan esta labor. En Colombia tenemos a SAYCO (Sociedad de Autores y Compositores de Colombia), mientras que en Estados Unidos podemos encontrar a BMI, ASCAP, SESAC, AMRA y Harry Fox, las primeras tres se encargan de recaudar los derechos de comunicación pública y las dos últimas los derechos de reproducción, por lo que habrá que afiliarse a una del primer grupo y una del segundo para garantizar que se hará un recaudo de la totalidad de los derechos de autor de un autor o compositor.

Ahora hablemos de las SGC de derechos conexos, que son aquellas que se encargan de administrar los derechos conexos de todos los intérpretes/ejecutantes y productores fonográficos que se encuentren afiliados a ellas. Recordemos que al hablar de productores fonográficos no nos referimos al productor musical, sino a quien ha pagado por  la grabación y es dueño del fonograma.

En Colombia podemos encontrar a ACINPRO (Asociación Colombiana de Intérpretes y Productores Fonográficos), mientras que en Estados Unidos podemos encontrar a Sound Exchange, que realiza la misma labor, pero solo cuando se trata de medios digitales e internet, de acuerdo con las leyes de Copyright de este país.

Una vez tenemos clara esta diferencia podemos entrar a hablar de los beneficios que tiene afiliarse a una SGC, pues aunque parezca una opción más, el dejar de hacerlo puede generar varias consecuencias negativas para quien toma esta decisión, aunque dependerá del caso puntual, de la magnitud de su catálogo y qué tantos ingresos produzca el mismo.

Pero primero hablemos de los beneficios. Una sociedad de gestión colectiva ofrece varios beneficios a sus afiliados, dentro de los cuales encontramos, principalmente, la oportunidad de permitirles concentrarse en su trabajo creativo, ya que la SGC se encargará de administrar sus derechos y recaudar las ganancias que se generen derivadas de estos. Por otra parte, les permite hacer un recaudo efectivo y completo de los ingresos generados por su trabajo creativo, ya que la SGC se encargará de cobrar las regalías derivadas de sus derechos de autor o conexos. 

Finalmente, y esto tiene una importancia que muchas veces es subestimada, las SGC le permiten a sus afiliados proteger sus derechos de autor y conexos de una forma mucho más segura y efectiva, ya que se encargarán de perseguir a aquellos que infrinjan los derechos de autor o conexos de sus afiliados, en razón de la administración que se les confiere de los mismos.

¿Qué pasa si no me afilio a una SGC?

Si eres un autor, compositor, intérprete/ejecutante o productor fonográfico, y no te afilias a una SGC, podrías estar perdiendo importantes beneficios económicos y legales, ya que tendrás que gestionar tú mismo los derechos de autor y conexos de tus obras y fonogramas. Esto puede resultar complicado, especialmente si tus obras o fonogramas tienen un alto nivel de uso y reproducción, además, si alguien utiliza una de tus obras sin tu permiso, tendrás que emprender acciones legales para hacer valer tus derechos, lo que puede ser costoso y difícil; en resumen, perderás todos los beneficios que te contamos que se adquieren al afiliarte a una SGC.

Por todo esto, te animamos a que te afilies a una sociedad de gestión colectiva, ya sea en Colombia o el extranjero, pero siempre teniendo presente cuál es el lugar en el que se genera un mayor uso de tus obras o fonogramas, ya que si te afilias a una SGC en Europa, pero tu presencia y recaudo están principalmente en Colombia, puede no ser la mejor idea, ya que esto generará costos adicionales para el recaudo y transferencias del dinero hasta llegar a ti.

Las SGC tienen acuerdos de reciprocidad entre ellas, por lo que pueden recaudar en diferentes países, sin embargo, siempre es necesario tener en cuenta el lugar en el que se tiene una mayor presencia y donde puede ser más inteligente realizar las labores de administración y recaudo de los derechos de autor o conexos a que haya lugar.

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