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Regalías

Productor fonográfico y productor musical no son lo mismo


En la industria musical podemos encontrar un participante que es fundamental, especialmente al momento de grabar una canción, junto con todo el componente creativo que se deriva de la producción. Este personaje es el productor musical, sin embargo, muchas veces lo confundimos con el productor fonográfico y cumplen roles diferentes, aunque pueden estar en cabeza de una misma persona. En este artículo te explicamos de forma clara sus diferencias e importancia.

Productor Musical

Cuando hablamos de productor musical, aunque suene redundante u obvio, nos referimos a la persona encargada de supervisar y guiar la creación de una producción musical, incluyendo la elección de canciones, la dirección artística, la grabación en estudio, la dirección en la mezcla y masterización, y otros aspectos técnicos y creativos.

Por ejemplo, al hablar de productor musical nos referimos a alguien como George Martin, quien es conocido también como “el quinto Beatle”, ya que sus arreglos complementaban perfectamente la habilidad creativa de John Lennon y Paul McCartney, dando como resultado obras musicales como “A Day In The Life” y “Eleanor Rigby”.

Ya ves como el rol del productor musical es fundamental dentro del proceso creativo de producción, pues este no solo ayuda en la conceptualización del proyecto y dirige la comunicación a través de la música, sino que también asesora y toma decisiones musicales en nombre de los artistas que lo han contratado para liderar todo el proceso de producción. Esto puede incluir programar instrumentos digitales, componer líneas musicales adicionales, hacer arreglos y/o alterar la estructura de una canción, por lo que es realmente útil que el productor musical tenga experiencia y/o conocimiento sobre cómo funcionan las producciones en diferentes géneros.

Productor Fonográfico

A diferencia del productor musical, el productor fonográfico es aquel que aporta recursos financieros y de organización que indudablemente son necesarios para que las obras musicales que son grabadas puedan ser puestas a disposición del público en forma de fonogramas, en ese orden de ideas, tienen un interés legítimo en no permitir que se utilicen sin autorización las obras musicales grabadas, ya sea a través de la distribución de copias no autorizadas (piratería) o la emisión o comunicación al público no autorizadas de sus fonogramas. De acuerdo a la ley Colombiana el productor fonográfico es “la persona natural o jurídica bajo cuya iniciativa, responsabilidad y coordinación se fijan por primera vez los sonidos de una ejecución u otros sonidos”[1]

De forma concreta, entonces, se entiende que el productor fonográfico es la persona responsable de organizar y facilitar el proceso de grabación. Esto incluye la coordinación de músicos, la contratación del productor musical (de quién hablamos antes) y el ingeniero de grabación, entre otras tareas administrativas, técnicas y/o logísticas. Además, el productor fonográfico debe asegurarse de contar con los recursos financieros para pagar a todas las personas involucradas en la grabación del máster o fonograma. Usualmente, es la disquera con la que ha firmado un artista la que desempeña este papel, ya que se encarga de gestionar las grabaciones y asumir los costos, sin embargo, si eres un artista independiente, lo más probables es que sea tu responsabilidad hacerte cargo de todas estas tareas que hemos descrito, por lo cual tu mismo serías el productor fonográfico.

¿Pueden ser el mismo el productor musical y el productor fonográfico?

Ahora que tenemos claro el rol que juegan el productor musical y productor fonográfico, podemos ver de forma práctica quiénes pueden asumir estos roles, por lo que la respuesta a si el productor musical puede ser el mismo productor fonográfico será SÍ.

Si sabemos que el productor musical es quien se encargará de pagar por la producción del fonograma (resumiendo mucho toda la explicación que dimos antes), es claro entonces que quien se encargue de asumir la responsabilidad financiera y administrativa para la producción sea la misma persona que asuma la responsabilidad creativa dentro de la misma, es decir, un productor musical puede hacerse cargo de los gastos, planeación y demás detalles creativos, técnicos, financieros y administrativos necesarios para la grabación de una obra musical.

En esta situación el productor musical también será el productor fonográfico, pues además de encargarse de los arreglos y aspectos creativos, se encargará de los pagos de la producción y organización de todo el proceso.

Para ampliar un poco más las posibilidades de una persona de ser productor fonográfico, pensemos en las siguientes situaciones:

  1. Podrán ser productores fonográficos los miembros de una banda, agrupación o proyecto musical cuando se encarguen de asumir la responsabilidad técnica, financiera y administrativa para la grabación de un fonograma.
  2. Podrá ser productor fonográfico un sello discográfico cuando se encargue de asumir la responsabilidad técnica, financiera y administrativa para la grabación de los fonogramas de sus artistas.
  3. Podrán ser productores fonográficos las personas que decidan invertir dinero en un proyecto musical, pagando y/o haciéndose cargo de asumir la responsabilidad técnica, financiera y administrativa para la grabación del fonograma de un artista en el que han decidido invertir. Estos inversionistas podrían ser incluso amigos del artista que va a grabar, o de los miembros de la agrupación, banda o proyecto musical.

¿Por qué es importante diferenciar al productor musical del productor fonográfico?

Pareciera que no hay mucho valor en diferenciar al productor musical del productor fonográfico. Como si fuera solo para temas prácticos o muy técnicos, sin embargo, es fundamental poder diferenciarlos en caso de que no se traten de la misma persona, como lo explicamos antes, por qué al momento de hablar de regalías y titularidad sobre el fonograma o sobre la obra (entendida como letra + melodía) la diferencia es clara y muy grande.

A pesar de la importancia que tiene el trabajo e influencia que ejercen los productores musicales en un proyecto musical, en Colombia, al igual que en otros países, los productores musicales no son titulares de derechos sobre el fonograma o sobre la obra que graban, a diferencia de los productores fonográficos.

Los productores musicales, en principio, reciben un pago (hecho por el productor fonográfico) para encargarse de la producción musical, por lo cual, esta es la única remuneración que deberían recibir por su trabajo como productores musicales. Mientras que los productores fonográficos, por hacer este pago del fonograma y cumplir con todo lo que implica su rol se convierten en titulares de derechos sobre el fonograma (derechos conexos a los derechos de autor), es decir, se convierten en dueños del fonograma por el que están pagando, los productores musicales no obtienen titularidad sobre el fonograma ni sobre la obra.

Esto significa que por la explotación del fonograma el productor fonográfico recibirá regalías como titular, mientras que el productor musical no recibirá nada diferente al pago que recibió por encargarse de la producción musical.

A pesar de todo lo que te dijimos anteriormente, es probable que el productor musical se convierta en titular de derechos sobre el fonograma o sobre la obra. Para ser titular de derechos sobre el fonograma tendrá que cumplir con las características adicionales de productor fonográfico, tal y como lo señalamos anteriormente. Para ser titular de derechos sobre la obra, tendrá que tener un impacto fundamental dentro del proceso creativo de la creación de la letra o melodía definitivas, lo que quiere decir que, cuando un productor musical además de cumplir con su trabajo como encargado de la producción tenga un papel determinante en la creación de la letra y melodía definitivas, podrá ser también titular de derechos sobre la obra y así recibir dinero derivado de los recaudos a los que tendrá derecho como coautor de la obra musical.

[1] Artículo 3 de la Decisión 351 de 1993.

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